La Municipalidad de General Alvear informa que está en vigencia la Ordenanza N°1790/13 que tiene por objeto la defensa, mejoramiento, protección, conservación, ordenamiento, ampliación y desarrollo de los espacios verdes públicos o libres de ocupación, y la fijación de requisitos y condiciones a que se ajustará la plantación, conservación, erradicación y reimplantación del arbolado urbano.
Recomendamos NO realizar poda de arbolado sin previa autorización, ya que no sólo infringe las normas municipales sino que obstaculiza otros trabajos que deben ser realizados por el Municipio.
El ARTICULO 153º del Código de Faltas establece que: "La extracción o poda de árboles ubicados en lugares públicos sin permiso previo de la autoridad competente o en contravención a las normas reglamentarias vigentes en la materia, será sancionada con multa de 100 (cien) a 300 (trescientos) módulos en el supuesto de poda y de 500 (quinientos) a 1000 (mil) módulos para el supuesto de extracción.- La multa se aplicará por cada ejemplar extraído o podado sin perjuicio de la obligación del infractor de reponerlo por la especie y en el lugar que indiquen las autoridades competentes".
Desde la Municipalidad de General Alvear se brindará la primera semana de mayo en dia y horario a definir un curso de capacitación para poda de arbolado, a fines de que los vecinos interesados puedan conocer los procedimientos y normas necesarios para llevar a cabo este trabajo.
Los interesados podrán inscribirse en la Dirección de Producción, ubicada en el predio de la Sociedad Rural de lunes a viernes de 8 a 13 hs.
Jorge Sarratea - Supervisor de Espacios Verdes y Arbolado Públic
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