jueves, 3 de marzo de 2016

Saladillense condenado por el #delito de Abuso sexual simple.

 
Walter René Bóveda (52) fue condenado a seis meses de cárcel luego de que la Justicia diera por probado que en el 2014 entró ebrio a un comercio, tomó el brazo de la chica que atendía, de 15 años, y le besó la mano la fuerza. La pena fue impuesta por el juez en lo correccional de La Plata Eduardo Esquenazi.

Según el fallo, "el 10 marzo de 2014, cerca de las 20, un hombre se encontraba comprando dos botellas de cerveza en una despensa de la localidad de Saladillo, siendo en ese momento el único cliente. En esas circunstancias y mientras una joven de 15 años atendía provisoriamente el local que es de sus padres y le entregaba el vuelto al citado cliente, fue tomada fuertemente del brazo por ese hombre en forma
sorpresiva y acto seguido, "comenzó a besarle la mano con claro contenido sexual".

En la sentencia, el magistrado el agresor le dijo cosas como que "tendría que haber sido ella la reina de Saladillo". También precisó que mientas el acusado decía esto "forcejeaba con su víctima con el objeto de acercarla hacia él, hasta que la menor logró despegarse de su agresor".

Esquenzi tuvo en cuenta primordialmente la declaración de la víctima, quien narró que "estaba sola en el comercio porque su padre se había retirado un momento y que al ingresar el imputado al local advirtió que estaba algo tomado, con aliento etílico". Bóveda la tomó "con fuerza del brazo y le besó la mano, luego de mantener un tironeo para evitar que el atacante se pase al otro lado del mostrador".

Basado en el examen psiquiátrico que se le practicó al imputado y el testimonio de la víctima, el magistrado dijo que "Bóveda no sólo la tomó por sorpresa y fuerte, sino que mientras lo hacía trataba de acercarse, al tiempo que le besaba la mano contra su voluntad, denotando esto el fin libidinoso".

La defensa, en tanto, había argumentado que se trató de "un posible trato de reverencia". El juez desestimó esta versión y condenó al hombre de 52 años.

En tal sentido, el juez concluyó que ese argumento "resulta inconsistente, por cuanto nadie reverencia a una mujer valiéndose de su fuerza para retenerla, por el contrario, frases como las exteriorizadas para cometer el hecho, decir que la menor debería haber sido reina de belleza, al tiempo que la besa, denotan -como se dijo- el fin libidinoso perseguido".

Bóveda fue condenado por el delito de abuso sexual simple, tal como lo había solicitado la fiscal de Juicio Graciela Rivero, quien había pedido 8 meses de prisión, al considerar que eran más agravantes contra el imputado, aunque coincidió con el juez en cuanto a la calificación legal del caso.

Como atenuantes, el fallo consideró "el estado de ebriedad del imputado, que redujo su capacidad de reflexión al momento de cometer el hecho, y que los besos fueron ejecutados en la mano de la víctima y no en sus partes íntimas".

La condena, se afirma en el fallo, será en suspenso si el acusado se somete a las siguientes reglas durante dos años: "Fijar residencia con control del Patronato de liberados, concurriendo trimestralmente; abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y de tener todo tipo de contacto con la víctima".

Fuente: Infobae


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